Aprobado el Real Decreto de individualización de consumos de calefacción

El reparto del gasto en calefacción central, tal y como está concebido actualmente, tiene los días contados. Hoy en día los gastos de calefacción central se suelen repartir en función de los metros cuadrados de las viviendas o locales, independientemente de la energía que consumen. Además, es frecuente que algunas viviendas de un mismo edificio dispongan de mucho más calor que otras, generalmente en función de la altura a la que estén situadas.

El Gobierno aprobó el pasado Agosto el Real Decreto que regula la instalación de contadores individuales en edificios con sistema de calefacción y refrigeración central. La norma completa de la Directiva europea de Eficiencia Energética 2012/27/UE obliga a todos los estados miembros a individualizar sus sistemas de calefacción central bien mediante contadores individuales (en el caso de instalaciones de calefacción central en anillo) o bien mediante repartidores de costes y válvulas termostáticas (en el caso de instalaciones de calefacción central en columna). Esta normativa está actualizada en el ordenamiento jurídico español con la llegada del Real Decreto de contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios.

El Real Decreto establece un calendario gradual para el cumplimiento de la obligación, con plazos: fecha límite para la obtención de, al menos, un presupuesto estandarizado; y, en segundo lugar, la fecha límite para tener activa la instalación, que será siempre 15 meses después. Además, hay que tener en cuenta en qué zona climática del país se encuentra ubicado el edificio.

 

 

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